viernes, 9 de abril de 2010

Fwd: La FELGTB celebra la sentencia a favor del matrimonio del Tribunal Constitucional portugués

La sentencia dice que el reconocimiento al matrimonio entre personas del mismo sexo es una "evolución de la institución" del matrimonio

[09/04/10] La Federación Estatal de Lesbianas, Gays, Transexuales y Bisexuales, FELGTB, celebra la pronta respuesta del Tribunal Constitucional portugués sobre el cambio legislativo que permite el matrimonio entre personas del mismo sexo en Portugal. La reafirmación de la legalidad del mismo y su argumentación animan a continuar por el camino de la igualdad de derechos para lesbianas, gays, transexuales y bisexuales que en el país luso pasa por el reconocimiento del derecho a la adopción sin discriminación por motivos de orientación sexual.


La sentencia confirma que la iniciativa legislativa aprobada el pasado 8 de enero "no viola la garantía constitucional al matrimonio" y que la extensión de las uniones a personas del mismo sexo no choca "con el reconocimiento y protección de la familia como elemento fundamental de la sociedad".


La FELGTB quiere recordar que en España el Partido Popular instó también al Tribunal Constitucional a revisar la modificación del Código Civil que reconoce la extensión del derecho al matrimonio a las personas del mismo sexo y aunque está convencida de que la sentencia del Constitucional irá en la misma línea que en Portugal, invita al PP a entrar en razón y retirar el recurso.


"Ninguna persona que piense con la cabeza puede creer que es inconstitucional formalizar la unión entre dos personas del mismo sexo a través del matrimonio, que como bien dice la sentencia portuguesa, es una institución que evoluciona, como lo hace nuestra sociedad", ha afirmado Antonio Poveda, presidente de la FELGTB. "Celebramos el reconocimiento de los derechos para el colectivo LGTB portugués y esperemos que pronto consigan ver también reconocidos el derecho de sus hijos e hijas a constar oficialmente en sus papeles con sus dos padres o madres".


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